miércoles, 31 de julio de 2019

Condición de la victima


Se reconocen  dos momentos de un mismo proceso,  el de   conciliación  y la suspensión condicional del procedimiento.La conciliación es un instrumento para solucionar múltiples facetas del proceso penal que producen insatisfacción social.Ofreciendo: 

  • Una formula participativa de la victima mayor que la ofrecida por el procedimiento penal.
  • Una función pacificadora por comportar una solución parcialmente idónea para todos los afectados.
  • Una consideración de la victima en solucionar la reparación que otros consideren adecuada
  • Una garantía de que el interés de la victima se realizara.
Sin embargo,  son profundo y graves los problemas que se pueden presentar en la conciliación: 

  1. La introducción y priorización de los intereses privados en la aplicación del derecho penal
  2. La existencia de profundas dificultades por la visión que tiene la victima de ser el responsable merecedor de una pena.
  3. La selectividad del sistema, y la utilización de la mediación y conciliación  en provecho entre las partes para evitar posibles abusos de la victima.
La posición de la victima en el proceso de conciliación ha de ser aprobada por el ministerio fiscal si se trata de hechos sometidos a acción publica y  una vez aprobada extinguirá la acción penal.



No hay comentarios.:

Publicar un comentario